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“VALIOSOS APORTES A LA LEY ORGANICA
DE GOBIERNOS REGIONALES”
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La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, instrumento
legal imprescindible para acelerar la marcha de la
descentralización y regionalización
del país, es analizada y comentada por el jurista
Adolfo Céspedes Zavaleta, Director Ejecutivo
del Instituto Desarrollo y Descentralización
- IDD y miembro del Gabinete de Asesores del Gobierno
Regional del Callao.
La nueva obra del doctor Céspedes, editada
por Gestión Pública, se convierte en
una fuente de consulta para las autoridades y empleados
públicos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, según opinan expertos
locales e iberoamericanos.
La interpretación de la LOGR que hace Céspedes,
artículo por artículo, facilita de manera
práctica el ámbito público de
un tema tan polémico y actual como lo es la
regionalización peruana. |
La
publicación exclusiva es del Centro Peruano
de Investigación y Desarrollo de Proyectos
y cuenta con el respaldo del Estudio Caballero Bustamante
©Derechos Reservados. |
La obra comprende los comentarios exegéticos y concordados
de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (LOGR),
con aplicaciones prácticas a problemas comunes que
se presentan en la lectura de la misma y su interpretación
a realidades concretas de gestión. Ha sido prologada
por los juristas Jaime Rodríguez-Arana, Presidente
del Foro Iberoamericano de Derecho, con sede en España
y Franz Barrios, desde Solothurm, Suiza.
Este libro se convierte en fundamental sobretodo debido
a los sucesos ocurridos en los dos últimos años
respecto al proceso de Descentralización y que afectan
la interpretación de las disposiciones normativas
en este nuevo contexto de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, frente a lo cual la presente obra es un instrumento
de referencia y proyección.
Tales acontecimientos se pueden resumir en los siguientes
temas:
* La publicación de la nueva Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, que establece la
estructura del nivel de Gobierno Central, así como
la denominación de los órganos y sistemas
que lo constituyen.
* La transferencia de competencias y funciones sectoriales
por parte del Gobierno Central a los Gobiernos Regionales
que en forma acelerada se ha dado, sobre todo, a raíz
de los decretos supremos emitidos en el año 2007.
* Las modificaciones estructurales realizadas a la LOGR
en lo que respecta a la composición del Consejo Regional,
distinguiendo claramente las funciones ejecutivas de las
legislativas al interior de un Gobierno Regional y las autoridades
a cargo de las mismas.
* Las declaraciones poco acertadas de ciertas autoridades
regionales en cuanto a convertir al Perú en un Estado
“federal por partes” argumentando autonomías
exclusivas de ciertos departamentos que se desprenden del
contexto integral de un Estado Regio-local.
* La reciente publicación de un cuantioso número
de Decretos Legislativos emitidos por el Gobierno sobre
la base de las facultades legislativas delegadas por el
Congreso en relación con la próxima entrada
en vigencia del Tratado de Libre Comercio con los Estados
Unidos de Norteamérica y que afectan diversas áreas
de la administración pública, entre las que
se encuentra el nivel regional de gobierno.
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